Atención
conductores:
Nueva norma establece
plazos más largos para devolver licencias retenidas
Hasta por 120 días serán retenidas las licencias de conducir de
las personas que reincidan en efectuar servicio de transporte terrestre sin
contar con la respectiva habilitación (autorización) o que, contando con un
tipo de autorización, efectúa servicio distinto al autorizado, según lo dispone
el DS N° 020-2012-MTC, publicado el 30 de diciembre de 2012, en el diario
oficial El Peruano, con la finalidad de proteger a los usuarios de las vías
nacionales. En la primera oportunidad el conductor será castigado con 60 días
de retención de la licencia de conducir.
Otras de las faltas que serían sancionadas son conducir con
licencia de categoría diferente a la requerida, falsear información o superar
la edad máxima permitida (68 años). En estos casos, la reincidencia será
sancionada con la retención por 30 días de la licencia de conducir. Si es la
primera vez que comete la falta, la licencia será devuelta después de tres (03)
días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentar la solicitud de
declaración jurada en la que se compromete a no volver a cometer dicha falta.
El DS N° 020-2012-MTC, emitido por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones busca preservar la seguridad de los conductores que circulan por
las vías del país. En el caso de los conductores dedicados a la actividad del
transporte terrestre, las faltas que cometan podrían dar lugar a la medida
preventiva de retención de la licencia de conducir por tiempo prolongado,
afectando su actividad laboral con el consiguiente perjuicio económico y
familiar.
INVOCACIÓN A CONDUCTORES
La seguridad de los usuarios de las vías nacionales, conductores,
pasajeros y peatones, es una prioridad para el Ministerio de Transporte y
Comunicaciones - MTC, ente rector sobre el tema, el Consejo Nacional de
Seguridad Vial y SUTRAN, encargada de la fiscalización y sanción en las vías
nacionales.
En tal sentido, SUTRAN velando por la seguridad de los
pasajeros de este tipo de servicio pone especial énfasis en informar sobre los
alcances de las normas vigentes e invoca a los conductores para que respeten
los reglamentos, velando por la seguridad y eviten quedarse sin su herramienta
de trabajo (licencia de conducir), aun cuando fuese de manera temporal (03 y 30
ó 60 y 120 días de acuerdo con la falta).
Las personas que desean mayor información al respecto d elos
dispuesto por el DS N° 020-2012-MTC, pu, y a través del correo electrónico comunicate@sutran.gob.pe, donde serán
atendidos para responder a sus inquietudes o interrogantes.
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