LOS MEDIOS DE PRUEBA ALCANZADOS POR LA
ONDA MEDIÁTICA
Por: Luis Flores Fernández
Extraído de: LaMula.pe

Difundir
una versión en los medios de comunicación “per se” será un medio
de prueba: el absurdo hecho norma
El
día 11 de septiembre del 2013 ha sido publicado en el Peruano, el Reglamento
que regula la prestación del Servicio de Transporte Terrestre de Personas,
Carga y Mercancías en el ámbito de la Jurisdicción del Gobierno
Regional de Lima (Ordenanza Regional No 001-2013-C-RL) con cargo a dar
mayores detalles sobre este novedoso y cuestionable reglamento en otra
oportunidad, no podemos dejar de manifestar nuestra sorpresa respecto al
contenido del Art. 52º , donde se precisan cuáles son los medios
probatorios en un procedimiento administrativo sancionador en el transporte
terrestre.
Actualmente
los medios de comunicación para la administración pública en general, se han
convertido en su bestia negra, una especie de gasolina de alto octanaje, por
cuanto representa para ésta el insumo principal del cual depende su desempeño
(cosa rara, debiera ser la meritocracia) y/o permanencia en el cargo; o
en todo caso la prensa hace mucho tiempo viene marcando el compás de la
actuación de los altos funcionarios del Estado, por supuesto, de esto no escapa
la Municipalidad de Lima o Gobierno Regional de Lima, como prefieran llamarlo.
Como
diría el Congresista mediático y religioso “Humberto Lay Sum”: Hay de
aquellos funcionarios que no comulguen con la agenda de la prensa, arderán en
los infiernos, no solamente por su elaborada falsedad, sino por la
repetición de sus supuestos errores, maximizados en toda su
extensión posible, o de la zancadillas de las medias verdades, solamente podrán
escapar si aceptan de rodillas que se han equivocado y se arrepienten en
cadena nacional o en todo caso renuncien a su cargo; nadie escapa a
estos designios de este mal llamado cuarto poder del Estado, los políticos lo
saben pero han aceptado convivir con esto que no es otra forma de corrupción
asolapada.
Si
la cobertura mediática de los medios de prensa se ha convertido en un poder
informal en la estructura de la administración pública, faltaba poco para que
también se los coloque en posición de ser una parte oficiosa en la regulación
sancionadora de las actividades económicas, y para desgracia de todos
nosotros, con el novedoso Reglamento que ha emitido la Municipalidad de Lima
esto se ha concretado, a partir de hoy toda información mediática
propalada en cualquier medio de comunicación, por “arte de birlibirloque”,
se transforma en un medio probatorio válido, al interior de un proceso
administrativo sancionador en el transporte terrestre, increíble pero cierto.
Y no
estamos inventando ni exagerando, según el texto del Art. 52º del acotado
Reglamento, dice:
“Artículo 52º.- Los
incumplimientos y las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza, se
sustentan en cualquiera de los siguientes documentos:
52.1.- El acta de control levantada por el
inspector (….)
52.2.-
El documento por el que se da cuenta de la detección de algún incumplimiento o
infracción en la fiscalización de gabinete o de campo.
52.3.- El documento o material, digital,
fotográfico, fílmico, electrónico (…)
52.4.- Las actas de inspecciones, constataciones,
ocurrencias, formularios y similares,
levantados por otras instituciones en el
ejercicio de sus funciones (…)
52.5.- Constataciones, Informes, ocurrencias,
formularios por la Policía Nacional del Perú.
52.6.-
Las denuncias de parte y las informaciones propaladas por los medios de
comunicación de las que haya tomado conocimiento la autoridad por cualquier
medio. Si esta denuncia no ésta fundamentada, corresponde a la DRTC
verificar su veracidad.”
52.7.-
El informe que se emita al realizarse la auditoria anual de servicios.
Por
supuesto que esto es un error, pero la autoridad política que decide se
encuentra sometida a la dictadura de los medios de comunicación y que mejor que
mostrar complacencia frente a la noticia por quienes les imponen la sevicia
pública; quienes hayan elaborado esta Ordenanza Regional, conocen cuál es la
definición de medio de prueba (hecho probado) y su diferencia lingüística con
aquello que se propone como medio probatorio (puede o no producir un resultado
probatorio) es más saben que en el procedimiento administrativo sancionador
puede haber una etapa previa para obtener medios de prueba, la investigación
preliminar, donde ésta última puede o no conducirnos a la apertura de un
procedimiento sancionador, pero a pesar de aquello se someten al poder de
la prensa.
Nos
asusta que los legisladores del Consejo Municipal de Lima, muy alegremente le
hayan otorgado a la prensa la categoría de hacedora de medios de pruebas en el
procedimiento administrativo, resulta ahora que cualquier periodista, de manera
exagerada o falsa diga, escriba o difunda una versión, la cual por mandato
normativo se convierte en un medio de prueba, la misma que va obligar actuar a
todo funcionario público.
Con
esta decisión en el Reglamento, se está proponiendo de manera
automática que la dependencia municipal encargada de la
Fiscalización de Transporte Terrestre, incluya además del operador jurídico en
su mesa de parte a uno o varios periodistas, los cuales se pasen leyendo,
visionando o escuchando a todos los medos de comunicación, y en caso
encontraren una noticia relacionada con el transporte terrestre, que la van
encontrar, será el insumo para el inicio de un procedimiento sancionador,
no importa que esto no sea verdad, por cuanto hay una obligación legal de
asumir sin dudas ni contemplaciones que dicha difusión de la noticia
forma parte en el procedimiento sancionador con valor probatorio.
La
Alcaldesa y quienes la acompañan en el Consejo Municipal, han sentido en carne
propia los efectos de ser zarandeados tarde, noche y mañana, por los medios de
prensa, pero eso no significa que deban elevar la mera difusión de los hechos
en los medios de comunicación a la categoría de medios probatorios, a lo mucho
podría iniciar una investigación preliminar, de la misma recién la autoridad
pueda o no encontrar medios probatorios, pero de ninguna manera que los medios
de prensa se conviertan “per se” en generados de pruebas en los procedimientos
sancionadores en el transporte terrestre.
Si
hacemos una comparación con las otras causales que ofrece el Art. 52º del
Reglamento, se podrá notar la debilidad de la propuesta, para ser considerado
como medio probatorio, hay necesidad que no sea suficiente la simple difusión
de los hechos en los medios de comunicación, se requiere que estos se van formando
como tales con la intervención de la autoridad en el ejercicio regular de sus
funciones (según se desprende de los incisos, 52.1, 52.2, 52.4 y 52) o en todo
caso sea un prueba instrumental consolidada debido a su naturaleza( según el
inciso 52.3) sin dejar de mencionar que la denuncia tampoco se puede convertir
“per se” en un medio probatorio que es otro tema por analizar.
Los
medios de prensa pueden asumir una labor de denuncia, es decir ser un
mero denunciante, sin necesidad de recurrir a la mesa de partes de las
entidades públicas, por cuanto su rol es la de poner en conocimiento a través
de la opinión pública a la Administración sobre hechos que pudieran ser
constitutivos de infracción y como máximo aportar grabaciones de imágenes o
audio, las cuales podrían tener la condición de medios de pruebas, pero jamás
su intervención difusora por si sola pueden ser considera un medio
probatorio como se pretende reconocer en la mencionada Ordenanza Regional.
La
prensa carroñera que actualmente tenemos, hacedora de noticias falsas y
exageradas será una fuente inagotable para que los funcionarios municipales,
por hoy, tengan que desarrollar su labor sin parar, por cuanto tienen un
mandato normativo expreso, es decir una obligación legal de aceptar todas las versiones
difundas por la prensa como medios probatorios o en todo caso pronunciarse
siempre sobre su veracidad o no de cada noticia que se difunda, aunque Uds. no
lo crean, esto se encuentra en el inciso 52.6 del Art. 52 de la Ordenanza
Regional de Lima.
Una
lástima por la Alcaldesa de Lima, sus asesores la han entregado, perdón la han
vendido a la prensa por temor, no interesándoles si desnaturalizan o no el
debido procedimiento sancionador, para que gastar energía en explicarles,
cuando lo importante es estar bien con los buitres sobre todo si se piensa
que carroña siempre puede haber más adelante en la cosa pública.
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